martes, 21 de junio de 2011

Criterios Para La Evaluación


Criterios Para La Evaluación

Criterios para la evaluación inicial en la Educación Primaria
FERNANDO CARRATALÁ TERUEL Presentamos en este artículo una serie de orientaciones para realizar la evaluación inicial de los alumnos de Educación Primaria.
Para diseñar la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje conviene tomar como referencia cuanto se establece al respecto en el Anexo de Real Decreto 1344/91 (BOE de 13 de septiembre de 1991), y que se reproduce a continuación.

“La información que suministra la evaluación debe servir como punto de referencia para la actuación pedagógica. La evaluación constituye un proceso continuo, que forma parte del propio proceso de aprendizaje. La finalidad principal de la evaluación es la adecuación del proceso de enseñanza al progreso real del aprendizaje de los alumnos. En este sentido debe quedar clara la distinción entre proceso de evaluación formativa y la promoción, aun cuando haya una relación importante entre ambas situaciones. En ningún caso, por tanto, puede quedar reducida la evaluación a actuaciones aisladas en situaciones de examen o prueba, ni identificarse con las calificaciones o con la promoción.

Los procesos de evaluación tienen por objeto tanto los aprendizajes de los alumnos como los procesos mismos de enseñanza. La información que proporciona la evaluación sirve para que el equipo de profesores disponga de información relevante con el fin de analizar críticamente su propia intervención educativa y tomar decisiones al respecto. Para ello, la información suministrada por la evaluación continua de los alumnos debe relacionarse con las intenciones que se pretenden y con el plan de acción para llevarlas a cabo. Se evalúa, por tanto, la programación del proceso de enseñanza y la intervención del profesor como organizador de estos procesos.

Es preciso concretar dentro del Proyecto Curricular las formas, instrumentos y situaciones más adecuadas para realizar este tipo de evaluación. En él los equipos docentes, además de contextualizar los objetivos generales y criterios de evaluación de etapa, deberán especificar los objetivos y criterios de evaluación para cada uno de los ciclos, incluyendo en estos criterios los aprendizajes propios del correspondiente Proyecto Curricular.

La evaluación ha de servir también para proporcionar información al alumnado sobre el momento del proceso de aprendizaje en que se encuentra, clarificando los objetivos que hay que conseguir, haciéndole tomar conciencia de sus posibilidades y de las dificultades por superar, y propiciando la construcción de estrategias de aprendizaje adecuadas y concretas.”

En el articulado del anterior Real Decreto, y en concreto en el artículo 15.1., se dice expresamente que “la evaluación de los procesos de aprendizaje de los alumnos será continua y global”. Por su parte, la Orden Básica de Evaluación de fecha 20 de noviembre de 1992 (BOE de 20 de noviembre de 1992) establece en sus artículos decimoséptimo y decimoctavo las siguientes consideraciones para la evaluación en la Educación Primaria:

La evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente, además del análisis específico del Proyecto Curricular, deberá incluir los siguientes elementos:
·        La organización del aula y el aprovechamiento de los recursos del Centro.
·        El carácter de las relaciones entre maestros y alumnos, y entre los mismos maestros, así como la convivencia entre los alumnos.
·        La coordinación entre los órganos y personas responsables, en el Centro, de la planificación y desarrollo de la práctica docente: equipo directivo, claustro de profesores, Comisión de Coordinación Pedagógica -u órgano similar-, tutores y maestros especialistas de apoyo.
·        La regularidad y calidad de la relación con los padres o tutores legales. (Artículo decimoséptimo).
• Entre los aspectos del Proyecto Curricular que habrán de someterse a evaluación figurarán los siguientes:
·        La adecuación de los objetivos programados a las características de los alumnos.
·        La distribución equilibrada y apropiada de los contenidos.
·        La idoneidad de la metodología y de los materiales curriculares empleados.
·        La validez de los criterios de evaluación.
·        La pertinencia de las medidas de adaptación curricular adoptadas para los alumnos con necesidades educativas especiales. (Artículo decimoctavo).
Como consecuencia de todo lo anterior, los profesores de Primaria entenderán el proceso de evaluación de enseñanza-aprendizaje en la forma que se plasma en el siguiente diagrama:

Proceso
¿Qué se evalúa?
¿A quien se evalúa?
Son los cambios obtenidos (aprendizaje) sobre la base de unas metas explícitas (objetivos educativos)
que alguien debe alcanzar (alumnado)a partir del planteamiento y del desarrollo de unos contenidos y a través de determinadas actuaciones (actividades)

que alguien organiza (profesorado)actuando de una determinada manera (metodología)
utilizando los estímulos adecuados (recursos)

y revisando de forma continua la validez de su actuación (meta evaluación).

OBJETIVOS





CONTENIDOS



ACTIVIDADES


METODOLOGÍA





RECURSOS


META-EVALUACIÓN
ALUMNOS












PROFESORADO








CENTRO

En relación con la evaluación del proceso de aprendizaje de los alumnos hay, pues, que aplicar las normas establecidas por la Administración Educativa respecto a las modalidades de evaluación:

• La evaluación inicial, para conocer y valorar los procedimientos previos de los alumnos.

La evaluación formativa - del propio proceso de aprendizaje-, para conocer y valorar el trabajo de los alumnos y el grado en que se van logrando los objetivos previstos. Este tipo de evaluación supone la reorientación y mejora de la acción docente de los profesores y del proceso de aprendizaje de los alumnos.

• La evaluación final, para conocer y valorar los resultados finales del proceso de aprendizaje.

·        El grado de desarrollo de las capacidades expresadas en los Objetivos Generales de Etapa.
·        El grado de dominio de los contenidos mínimos que se consideran imprescindibles para construir sobre ellos nuevos aprendizajes y que figuran recogidos en los distintos criterios de evaluación de las diferentes áreas.
·        Las peculiaridades en las formas de aprender de cada alumno (es decir los procedimientos desarrollados, las habilidades y destrezas que traen).
·        El comportamiento cívico-social del alumno, tanto en el Centro como en el desarrollo de las actividades extraescolares.
·        Para conocer qué Objetivos Generales de Etapa han sido alcanzados por los alumnos y en qué grado han desarrollando las capacidades expresadas en dichos Objetivos.
·        Para detectar posibles carencias en la adquisición de los aprendizajes instrumentales básicos.
§         Para ofrecer a los propios profesores, a los alumnos y a sus familias informaciones que orienten el proceso de aprendizaje de tales alumnos.
  • Para ayudar a los alumnos a conocerse a sí mismos y a desarrollar la propia autoestima.
§         El profesorado de las diferentes áreas, a sus respectivos alumnos, constituido en Junta de Evaluación por Ciclos, presidida por la dirección del Centro o, en su caso, por el miembro del equipo directivo que ésta designe. De los acuerdos tomados se levantará la correspondiente acta, redactada por el profesor con menos antigüedad en el Centro. El Departamento de Orientación, en su caso, asesorará al Equipo Docente en las tareas de evaluación.
§         Cada profesor, a sí mismo, en razón de los resultados obtenidos, sometiendo a continua revisión su propia actuación docente.
4. Cuándo se evalúa

4.1. Por parte del profesorado
§         Evaluación inicial. Al comienzo del curso, y dentro de la segunda quincena de septiembre, los profesores de todos los cursos de Primaria, y en el ámbito de sus correspondientes áreas, llevarán a cabo unas pruebas de evaluación inicial, ajustadas a los criterios que más adelante se especifican, y con objeto de detectar el grado de desarrollo de las capacidades básicas, así como de manejo de procedimientos de sus respectivos alumnos. En el caso de que del resultado de las citadas pruebas se deriven grandes carencias de aprendizaje en determinados alumnos, se requerirá la intervención del Departamento de Orientación y de las respectivas familias, para ayudar a subsanarlas. (Igualmente, y al comienzo de las diferentes Unidades Didácticas, es aconsejable detectar los conocimientos previos de los alumnos mediante los procedimientos de evaluación que se consideren más oportunos).
§         Evaluación formativa. A lo largo del curso, y en todo momento del proceso de enseñanza-aprendizaje, se vendrá efectuando una evaluación formativa, que tiene por objeto detectar carencias en el alumnado y ajustar la ayuda pedagógica a las necesidades reales que su aprendizaje presenta.
§         Evaluación sumativa y final. Al término del proceso de enseñanza- aprendizaje, y coincidiendo con el final del curso escolar, la evaluación sancionará con la calificación correspondiente los resultados obtenidos. Dicha calificación, en lo referente a objetivos y procedimientos, podría expresarse con la siguiente escala valorativa: No Superado, Superado con Dificultad, Superado, Ampliamente Superado. En cualquier caso, al término del curso escolar, la calificación se ajustará a la normativa legal: Insuficiente, Suficiente, Bien, Notable, Sobresaliente.
4.2. Por parte del equipo docente
En tres sesiones de evaluación, coincidiendo con las fechas anteriores a Navidad, Semana Santa y fin de curso, respectivamente


Clase de información suministrada por la evaluación y destinatarios de la misma

1. Información al profesorado
§         Al finalizar un curso que no coincida con término de Ciclo, el profesor- tutor recogerá en un Informe los datos acerca de los resultados obtenidos por cada alumno, así como las posibles deficiencias advertidas a lo largo del proceso de enseñanza-aprendizaje; Informe que deberá ser tenido en cuenta por los profesores del curso inmediatamente superior, en especial si no han ejercido docencia directa anterior con determinados alumnos.
·        Al finalizar el correspondiente Ciclo, el Informe preceptivo recogerá datos más detallados acerca de los resultados objetivos obtenidos por los alumnos, con referencia, además, a las decisiones sobre promoción.
2. Información al alumnado

Dado que la evaluación es continua y formativa, los alumnos recibirán puntualmente información acerca del rendimiento del proceso de enseñanza-aprendizaje en el que se hayan inmersos.

3. Información a las familias
·        Al término de cada evaluación, los responsables legales del alumno recibirán un Informe de Evaluación en el que quedará reflejada toda la información referida al proceso de enseñanza-aprendizaje.
·        Al finalizar el curso escolar, los responsables legales de los alumnos recibirán por escrito un Informe detallado con los resultados de la evaluación final. Este Informe reflejará, asimismo, las decisiones sobre la promoción y, si fuera necesario, las medidas educativas complementarias que haya que adoptar para subsanar las deficiencias de aprendizaje que hubieran podido observarse.
·        Siempre que se considere necesario para la buena marcha del proceso de enseñanza-aprendizaje, los responsables legales de los alumnos recibirán información directa del profesor-tutor, por el procedimiento que previamente se establezca (agenda escolar, correo postal o electrónico, comunicación telefónica, conversación personal, etc.). El Departamento de Orientación, cuando se estime conveniente, emitirá el correspondiente Informe sobre el proceso de enseñanza-aprendizaje del alumno, así como sobre cualquier otra circunstancia que afecte a su desarrollo integral como persona.
4. Información custodiada en el Centro

En la Secretaría del Centro se custodiarán los siguientes documentos, elaborados según lo dispuesto oficialmente:
·        Expediente académico personal del alumno.
·        Informes y Actas de Evaluación por alumno.
·         Informe de la Evaluación Final de Ciclo por grupo y por alumno.
Medidas educativas complementarias
Al término de cada curso escolar se determinarán las tareas que habrán de realizar los alumnos que no hayan alcanzado los contenidos mínimos fijados -en razón de los correspondientes criterios de evaluación- en las distintas áreas curriculares. Dichas tareas serán establecidas por los profesores de las áreas que requieran la adopción de medidas educativas complementarias y, en su caso, serán coordinadas por el Departamento de Orientación.

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